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15 de julio de 2026

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CHOLA PACEÑA: EL ÍCONO QUE REDEFINIÓ LA IDENTIDAD DE LOS ANDES


Por: Boris Bernal Mansilla

La chola paceña es, sin duda, el símbolo viviente más imponente de la identidad de La Paz, Bolivia. Verla caminar por las calles empinadas de la sede de gobierno, combinando el movimiento rítmico de su pollera con la elegancia de su manta y la altivez de su bombín, es contemplar una obra de arte en movimiento. Sin embargo, detrás de este atuendo que hoy es sinónimo de lujo, prestigio y alta costura, se esconde una historia de imposición, resistencia y una profunda transformación cultural que redefiníó el mestizaje andino.

Para comprender el origen de la chola paceña, debemos desmitificar un error histórico recurrente: la idea de que toda su vestimenta fue impuesta por el virrey Francisco de Toledo en el siglo XVI. Si bien es cierto que las reformas toledanas (1569–1581) marcaron el cuerpo de la mujer indígena al imponer de forma obligatoria el peinado de la raya al medio con dos trenzas para estandarizar a la población, el vestuario como tal tuvo un detonante posterior y mucho más drástico.

El verdadero punto de quiebre ocurrió en 1781, tras el asedio a La Paz liderado por los caudillos indígenas Túpac Katari y Bartolina Sisa. Como represalia ante el levantamiento que casi hace colapsar el poder español, el rey Carlos III prohibió terminantemente el uso de la vestimenta nativa, como el ajsu en las mujeres y el unku en los varones. La orden fue contundente: las mujeres mestizas e indígenas debían adoptar los trajes regionales de las provincias españolas de la época, específicamente los de Extremadura, Andalucía y Valencia.

Lo que las autoridades coloniales planearon como una medida de asimilación y humillación, las mujeres paceñas lo transformaron en un acto de subversión estética. No se limitaron a copiar la moda europea; la adoptaron, la adaptaron y la sofisticaron, dando origen a una identidad completamente nueva.

Con el paso de las décadas, y especialmente durante el siglo XX, este atuendo evolucionó hasta convertirse en una de las galas más costosas de la región, compuesta por elementos que hoy son icónicos. El sombrero bombín fue introducido en la década de 1920; la leyenda cuenta que llegó un lote de sombreros italianos Borsalino para hombre que resultaron muy pequeños y un astuto comerciante los promocionó entre las mujeres como la última tendencia de la moda europea, quienes los adoptaron y los convirtieron en un accesorio indispensable. La pollera y las mantas, derivadas de las sayas españolas, se caracterizaron por sus finos pliegues y el uso de telas suntuosas como el terciopelo y el brocado, armadas con enaguas inferiores que otorgan volumen y un porte inconfundible. Finalmente, las mantas de seda o vicuña, adornadas con intrincados flecos tejidos a mano, comenzaron a cerrarse en el pecho con deslumbrantes topos (prendedores) de oro o plata, complementados con aretes de pedrería fina que denotan estatus y herencia familiar.

El camino de la chola paceña no fue sencillo. Durante gran parte de los siglos XIX y XX, la élite oligárquica intentó relegarla al ámbito doméstico o al comercio informal, restringiendo incluso su acceso a plazas principales y teatros. No obstante, las cholas paceñas se convirtieron en el motor económico de los mercados populares de La Paz. Su independencia financiera les otorgó un poder social innegable. La historia dio un vuelco definitivo en 1989, cuando figuras como Remedios Loza rompieron las barreras de la exclusión al convertirse en la primera mujer de pollera en ingresar al Parlamento nacional. A partir de allí, el reconocimiento fue imparable: en el año 2013, la chola paceña fue declarada oficialmente Patrimonio Cultural Inmaterial del municipio de La Paz, consolidando su lugar en la historia oficial.

Hoy, la chola paceña ya no habita los márgenes; lidera. La vemos en los desfiles de alta costura donde sus trajes se cotizan en miles de dólares; la vemos en las universidades, en la televisión, la medicina, las leyes y la diplomacia. La historia de la chola paceña es, en última instancia, el recordatorio de que la identidad no es algo estático que se recibe de forma pasiva. Es una creación colectiva que, frente a la opresión, supo responder con gracia, dignidad y una elegancia inquebrantable que hoy define el alma misma de La Paz.

Referencias Bibliográficas 

 Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2013). Declaratoria de la Chola Paceña como Patrimonio Cultural Inmaterial del Municipio de La Paz (Ordenanza Municipal Municipal N.º 446/2013).

 Murra, J. V. (1975). Formaciones económicas y políticas del mundo andino. Instituto de Estudios Peruanos.

 Saignes, T. (1984). En busca de los de la puna y de los de los valles: Las migraciones internas en los Andes meridionales (siglo XVII). Revista de Historia Andina, 15, 53-84.

 Saignes, T. (1985). Los Andes orientales: Historia de un olvido. CERES / IFEA.

 Toledo, F. de. (1975). Tasa de la Visita General de Francisco de Toledo (N. D. Cook, Ed.). Universidad Nacional Mayor de San Marcos. (Trabajo original publicado en 1575) [cite: 296].

 Wachtel, N. (1976). [cite_start]Los vencidos: Los indios del Perú frente a la conquista española (1530-1570). Alianza Editorial.


11 de junio de 2026

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500 AÑOS DE LA ESCUELA DE SALAMANCA Y LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS: UN LEGADO EN EL HORIZONTE PLURINACIONAL DE BOLIVIA


Por: Boris Bernal Mansilla

La discusión contemporánea sobre los derechos de los pueblos indígenas en el ámbito internacional y, de manera específica, en el debate constitucional de Bolivia, suele percibirse erróneamente como un fenómeno estrictamente moderno, surgido de las movilizaciones sociales de finales del siglo XX. Sin embargo, los cimientos éticos, filosóficos y jurídicos que sostienen la soberanía y dignidad de estas naciones originarias se remontan a casi quinientos años atrás, en las aulas de la Universidad de Salamanca. 


Fue allí donde el fraile dominico Francisco de Vitoria pronunció en 1539 su célebre lección magistral Relectio de Indis, transformándose de manera imperecedera en la base del derecho internacional público moderno y en el primer manifiesto de defensa universal de los derechos de los pueblos originarios frente al absolutismo imperial. A mediados del siglo XVI, el mundo colonial se enfrentaba a una crisis de legitimidad moral y jurídica sin precedentes debido a que la Corona de Castilla expandía sus dominios sobre el denominado Nuevo Mundo justificando dicha ocupación a través de supuestos derechos teológicos, como las Bulas Alejandrinas del Papa Alejandro VI, y de una pretendida superioridad cultural y civilizatoria. 


En este escenario de asimetría colonial, Francisco de Vitoria rompió con la corriente dominante de su época al sostener que los indígenas no eran siervos por naturaleza, refutando así la interpretación distorsionada de la tesis aristotélica que la corte imperial utilizaba para legitimar el despojo, y argumentando sólidamente que los nativos americanos eran seres humanos dotados de razón y, por ende, poseedores de una legítima capacidad de dominio tanto en el ámbito privado como en el público.


La brillantez de la Escuela de Salamanca radicó en su metodología jurídica y su independencia crítica, cualidades que le permitieron a Vitoria desarticular sistemáticamente los títulos ilegítimos de la conquista. Negó de forma contundente la soberanía universal del Emperador Carlos V afirmando que ni las leyes humanas ni las divinas conferían un dominio global sobre pueblos que ya poseían sus propias autoridades legítimas antes de la llegada de los españoles. De la misma manera, descartó la potestad temporal del Papa sobre las tierras americanas, argumentando que el Sumo Pontífice no tenía autoridad civil secular y, por lo tanto, no podía donar legalmente lo que no le pertenecía. Incluso rebatió el derecho de descubrimiento al establecer que el territorio no era una tierra de nadie, sino que estaba habitado y gobernado, concluyendo que el mero hallazgo no otorgaba derechos de propiedad, del mismo modo que no los tendrían los indígenas si hubiesen desembarcado y descubierto España. En su lugar, Vitoria introdujo el concepto del Ius Gentium o Derecho de Gentes, concebido como un derecho natural que rige las relaciones entre naciones formalmente iguales. 


Aunque algunos de sus postulados reflejaban las inevitables contradicciones de su tiempo, el núcleo dogmático de su pensamiento sentó una premisa fundamental para la posteridad, dictaminando que las relaciones entre comunidades políticas deben basarse en la reciprocidad, el consentimiento mutuo y el respeto estricto de la soberanía de los pueblos.


Al analizar la realidad histórica y contemporánea de Bolivia a la luz de este legado salamantino, resulta evidente que las demandas del movimiento indígena boliviano comparten el mismo núcleo dogmático que Vitoria defendió en el siglo XVI. Desde las rebeliones de Túpac Amaru hasta las marchas por el Territorio y la Dignidad, la constante ha sido la restitución del dominio y el reconocimiento de su condición de sujetos colectivos de derecho. La promulgación de la Constitución Política del Estado en el año 2009 supuso una ruptura estructural con el viejo modelo de Estado republicano, monocultural y homogeneizante de raíz colonial, inaugurando el Estado Plurinacional. Este nuevo modelo estatal materializa, en términos del constitucionalismo moderno, la pluralidad jurídica e institucional que la Escuela de Salamanca vislumbró normativamente como un deber del Derecho de Gentes. Así, el concepto vitoriano del dominio natural halla su correlato exacto en el artículo treinta de la norma constitucional boliviana, el cual reconoce a las naciones y pueblos indígena originario campesinos su derecho a la libre determinación, al autogobierno y a la consolidación de la propiedad colectiva de sus territorios ancestrales, garantizando que los denominados Territorios Indígena Originario Campesinos no puedan ser disueltos ni mercantilizados por presiones externas.


De forma paralela, la premisa de la racionalidad y la igualdad esencial de los pueblos fundamenta el reconocimiento constitucional de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina, dotándola de igual jerarquía que la jurisdicción ordinaria estatal. Este avance quiebra formalmente el monismo jurídico colonial y valida que los pueblos originarios poseen sistemas normativos propios e intrínsecamente legítimos para administrar justicia según sus propias normas, procedimientos y cosmovisiones. Asimismo, el principio del consentimiento mutuo que pregonaba la Escuela de Salamanca se operativiza hoy a través del derecho a la consulta previa, libre e informada, un mecanismo vinculante que obliga al Estado boliviano a concertar con las comunidades de base antes de implementar cualquier tipo de proyecto o explotación de recursos naturales no renovables dentro de sus territorios, resguardando la integridad de sus formas de vida frente a decisiones unilaterales.


A pesar de estos significativos avances normativos que sitúan a Bolivia a la vanguardia del derecho indígena global, la implementación práctica del Estado Plurinacional enfrenta graves tensiones que reactualizan con fuerza los debates de la Escuela de Salamanca. La más evidente de ellas es la paradoja extractivista, pues de la misma manera en que la Corona española en el siglo XVI priorizaba la extracción de plata de Potosí por encima de los derechos teológicos y humanos defendidos por Vitoria, el Estado contemporáneo enfrenta la contradicción de depender económicamente de industrias como la minería, los hidrocarburos y el litio, actividades que impactan directamente sobre los ecosistemas originarios e ingresan frecuentemente en ruta de colisión con el cumplimiento efectivo de la consulta previa. A esto se suma la constante amenaza de subordinación de la justicia indígena, ya que leyes adjetivas como la Ley de Deslinde Jurisdiccional han restringido severamente sus ámbitos de competencia material, relegándola en la práctica a resolver conflictos menores y perpetuando una visión jerárquica y asimétrica del derecho. Finalmente, el tránsito institucional hacia las Autonomías Indígena Originario Campesinas se ha visto obstaculizado por excesivos requisitos burocráticos y administrativos que ralentizan de forma sistemática la consolidación del autogobierno efectivo que Vitoria defendía bajo la tesis del dominio público de las repúblicas nativas.

A casi medio milenio de aquella lección magistral impartida en Salamanca, la obra de Francisco de Vitoria no debe ser contemplada como una mera reliquia de la escolástica colonial, sino como un mapa de ruta ético y jurídico en constante actualización. 


El tránsito de Bolivia hacia un Estado Plurinacional representa un hito histórico de descolonización que valida la intuición original de que las sociedades indígenas no requieren la tutela de un tercero para gobernarse ni para definir su destino. El verdadero desafío de la Bolivia de hoy radica en cerrar definitivamente la brecha existente entre el reconocimiento lírico de la Constitución y la práctica cotidiana de los derechos. Solo mediante el respeto irrestricto a los territorios originarios, la consolidación real de sus propios sistemas de justicia y el blindaje de la libre determinación frente a los intereses corporativos o estatales, la sociedad boliviana podrá honrar plenamente ese imperativo ético universal encendido hace quinientos años, el cual afirma con vigencia absoluta que ningún poder terrenal ni fin económico está legitimado a socavar los derechos naturales y la dignidad de los pueblos.

Fuentes contextuales empleadas:

1. De Vitoria, F. (1539). Relectio de Indis [Sobre los indios recientemente descubiertos]. Universidad de Salamanca.

2. Bolivia. (2009). Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial del Estado.

3. Bolivia. (2010). Ley N° 073 de Deslinde Jurisdiccional. Gaceta Oficial del Estado.

4. Organización de las Naciones Unidas. (2007). Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. ONU.


3 de junio de 2026

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CORPUS CHRISTI EN BOLIVIA: EL TRIUNFO DEL MESTIZAJE BARROCO


Por: Boris Bernal Mansilla 
Investigador Cultural

 
La solemnidad de Corpus Christi (del latín, "Cuerpo de Cristo") constituye una de las piedras angulares del calendario litúrgico católico universal, que celebra la Eucaristía. Si bien su origen se remonta a la Europa mística del siglo XIII —instituido oficialmente en 1264 por el Papa Urbano IV mediante la bula Transiturus hoc mundo tras las visiones de Santa Juliana de Cornillon y el célebre Milagro Eucarístico de Bolsena—, su traslado al Nuevo Mundo transformó esta celebración en un monumental escenario de evangelización, ordenamiento jurídico, mestizaje y resistencia cultural. 

En el contexto sudamericano, este mandato teológico se canalizó de manera jurídica y pastoral a través de los Concilios Limenses, particularmente el Segundo (1567-1568) y el Tercer Concilio (1582-1583), asambleas eclesiásticas impulsadas por figuras como Santo Toribio de Mogrovejo que moldearon la liturgia de todo el Virreinato e influenciaron directamente a la Real Audiencia de Charcas (hoy Bolivia). 

Estas normativas decretaron que las festividades sagradas debían celebrarse con la máxima solemnidad externa, regulando el uso de procesiones públicas, lenguas nativas (quechua y aymara), representaciones teatrales y danzas como herramientas pedagógicas de conversión. Dichas disposiciones se alinearon formalmente con las reformas y ordenanzas del Virrey Francisco de Toledo en 1570, quien impuso la participación obligatoria de las poblaciones indígenas con un objetivo geopolítico claro: superponer la celebración del cuerpo de Cristo al Inti Raymi (la fiesta incaica del Sol) y a los ritos prehispánicos de la cosecha durante el solsticio de invierno austral. 

Dentro de este entramado político y ceremonial dispuesto en las ordenanzas toledanas, cobró una relevancia jurídica y social fundamental la figura del Alférez Mayor. Toledo institucionalizó este cargo civil y de alta jerarquía dentro del cabildo colonial, otorgándole la alta responsabilidad de portar el estandarte real durante la procesión de Corpus Christi. El Alférez Mayor no solo encabezaba el desfile civil legitimando el poder de la Corona, sino que también debía asumir los enormes costos económicos de los festejos, las luminarias y los altares barrocos. En el marco del mestizaje cultural, esta figura se entrelazó estratégicamente con las estructuras nativas, obligando e invitando a los caciques y nobles indígenas a asumir capitanías y alferazgos similares. De este modo, la élite incaica y local desfilaba portando insignias coloniales que, en el fondo, camuflaban el prestigio y la memoria de sus propios linajes ante sus comunidades en la plaza pública.
En el mundo andino, el éxito de toda esta imponente estructura radicó en su profunda reinterpretación. El Corpus Christi no se puede entender de forma aislada a la época del Juyphi Pacha, el tiempo de las heladas y el invierno frío y seco que, en la cosmovisión aymara, marca el fin de la cosecha, el almacenamiento de los alimentos, el descanso de la tierra y un momento de profunda reciprocidad con la Pachamama. Es precisamente bajo este gélido cielo invernal cuando resuena la música sagrada y comunitaria de los Sikuris de Italaque, una de las expresiones musicales más puras, milenarias e identitarias de la provincia Camacho del departamento de La Paz. 

Dado que el uso del siku (zampoña) está estrictamente ligado al calendario agrícola-astronómico, el diálogo melódico de sus cañas dobles (el trenzado entre las notas del ira y el arca) y el imponente retumbar de las wankaras (bombos nativos) cumplen la función ritual de "atraer las heladas" necesarias para la deshidratación del chuño y alejar las nubes de lluvia que dañarían el proceso. Al confluir con la fiesta católica, las comunidades de Sikuris de Italaque —ataviadas con sus ponchos tradicionales, chuspas y espectacular arte plumario de Suris y Muchulus realizados con plumas de pariguana y avestruz— transforman la procesión en un despliegue de estridencia sagrada, rindiendo honores a la divinidad occidental mientras resguardan el orden cosmológico y la identidad de sus ayllus. 

Este fenómeno de sincretismo cultural se replica con igual fuerza a lo largo de las diversas geografías del territorio boliviano, donde el componente nativo reconfiguró el sentido de la fiesta a través de danzas y personajes específicos. En los Llanos de Moxos y la Amazonía beniana, la festividad se expresa a través de los Macheteros, cuyos danzantes portan un imponente tocado de plumas de paraba en forma de sol naciente, ejecutando movimientos ceremoniales de sumisión espiritual ante la eucaristía, y de los Diablitos de San Ignacio de Moxos, quienes protagonizan una danza estrictamente litúrgica en la que las fuerzas del mal caen de rodillas a las puertas del templo en señal de rendición absoluta. Por otro lado, en la región de los Chichas al sur de Potosí, la procesión es custodiada en Tupiza por una trilogía exclusiva de personajes coloniales: los Cornetas, que visten túnicas blancas y capuchas cónicas emitiendo sonidos lúgubres con cañas de hojalata para anunciar el paso sagrado, escoltados por los ágiles saltos de los Caballitos de madera y la cadencia de los Silpuris. 

En la actualidad, Bolivia celebra el Corpus Christi como un feriado nacional que paraliza las urbes y moviliza las provincias, estructurándose según las particularidades de cada piso ecológico. Mientras Potosí conserva el esplendor del barroco americano al procesionar su célebre custodia de plata nativa por calles tapizadas de platería colonial y arcos monumentales, ciudades de los valles como Cochabamba y Chuquisaca destacan por el trabajo colectivo de sus ciudadanos, quienes madrugan para adornar las plazas principales con intrincadas y efímeras alfombras hechas de aserrín teñido, flores naturales y arena fina. En La Paz, la gran procesión conecta los centros del poder político y eclesiástico, derivando en ferias tradicionales en el casco histórico de la calle Illampu, mientras que en Santa Cruz la festividad adquiere un carácter masivo mediante multitudinarias eucaristías al aire libre en estadios y la elaboración de vistosos mosaicos de semillas y carbón en las provincias cruceñas. 

Finalmente, un elemento aglutinador indispensable de esta festividad es su culinaria de temporada, diseñada para contrarrestar el rigor del invierno del Juyphi Pacha. La tradición dicta el consumo familiar de frutas locales como mandarinas, naranjas, chirimoyas y caña de azúcar, elementos que celebran la abundancia de la tierra y que se complementan con una repostería sumamente especializada de origen gremial. En todo el país, pero con especial maestría en los hornos potosinos y vallunos, se comparten masas tradicionales como los chambergos (roscas crocantes hervidas y hojaldradas, bañadas en miel de caña), las sopaipillas, los bizcochuelos, las hojarascas y las tawa-tawas, acompañados comúnmente por un espeso chocolate caliente o un tradicional sucumbé a base de leche, canela y un toque de singani. 

De este modo, el Corpus Christi en Bolivia trasciende el dogma estrictamente religioso de la transubstanciación romana para consolidarse como un monumento vivo a la complejidad histórica del país; un espacio público y festivo donde conviven la rigidez de la ley colonial, las ordenanzas toledanas con su carga de jerarquías como el Alférez Mayor, las disposiciones eclesiásticas de los Concilios Limenses y la indomable riqueza de la cosmovisión andino-amazónica, uniendo la mesa familiar y la fe popular en una sola e identitaria herencia cultural. 

Referencias:
Arzáns de Orsúa y Vela, B. (1965). Historia de la Villa Imperial de Potosí (L. Hanke & G. Mendoza, Eds.). Brown University Press. (Obra original escrita en el siglo XVIII).
García Recio, L. M. (1988). Análisis eclesiástico y pastoral de los Concilios Limenses (1551-1601) y su proyección en Charcas. Universidad de Navarra.
Iglesia Católica. (1982). Leyes y Decretos del Tercer Concilio Provincial Limense (1582-1583) (B. Bartra, Ed.). Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima. (Obra original publicada en 1584).
Lisi, F. L. (1990). El Tercer Concilio Limense y la aculturación de los indígenas andinos. Centro de Estudios de la Realidad Económica y Social (CERES).
Toledo, F. de. (1989). Disposiciones y Ordenanzas del Virrey Toledo para el ordenamiento de las Repúblicas de Indios (1570-1575) (Tomo II). Editorial de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Vargas Ugarte, R. (1951). Concilios Limenses (1551-1772) (Vols. 1-3). Tipografía Peruana.

10 de julio de 2025

LA LEYENDA DE LOS JACH´A SIKURIS DE ITALAQUE

Por: Boris Bernal Mansilla


Cuentan las historias y leyendas sobre el origen de la vida, que se dio cuando dos grandes Serpientes, Amarus, Kataris, Jach´a Sikuris se encontraron en las alturas de Huallpacayu y danzaron sin parar entrelazándose hasta unirse con el todo, al final de su danza una se metió entre la tierra en el altiplano y la otra se fue hacia los valles.

Con el pasar de los tiempos de estos lugares emergieron culturas como los Huarcas, Canchis y Lupacas quienes como forma de culto representan en la música y danza de los Sikuris, su origen.

Es así, que desde tiempos milenarios en el antiguo territorio de Italaque se guarda esta inmensa riqueza cultural como son los Sikuris de Italaque, y es el tiempo del Awtipacha (época seca) donde las grandes serpientes Jach´a Sikuris se levantan, para danzar junto a la helada y las estrellas. 

El sonido de los Bombos y los sikus, tejidos con el viento y los latidos del corazón, fueron creando vida a lo largo de los tiempos, así en tiempos del incario los Sikuris de Italaque fueron a deleitar al Cusco al Sapa inca, y con la llegada de los españoles a estas tierras en el año 1570 en Italaque se entrelazarían vidas de diferentes mundos. 

Los Sikuris de Italaque no solo son música y danza, es diálogo, armonía, respeto y energía, elementos esenciales para criar nuestra vida.