Pluralismo jurídico, pluralidad de leyes y prácticas jurídicas (Parte final)
La Gaceta Jurídica / Baudouin Dupret C. Qué es el pluralismo jurídico en una perspectiva praxiológica Para ilustrar los beneficios heurísticos de la reespecificación praxiológica, presentamos brevemente tres casos relativos a la cuestión de los matrimonios consuetudinarios en el contexto egipcio. Ello debería contribuir al fortalecimiento de mi punto de vista según el cual las teorías del pluralismo jurídico tienen poca capacidad heurística en la explicación del derecho, el carácter pluralista del último no debería pues estar determinado por algún criterio externo, salvo cuando ello perteneciera de manera explícita a la relevancia de prácticas situadas. Un conjunto de leyes organiza en Egipto el estatus personal, i.e., las regulaciones relativas al matrimonio, divorcio, afiliación y herencia. La ley siempre ha fomentado la celebración de matrimonios formales registrados mediante notario, la autoridad del último está oficialmente reconocida. Sin embargo, aquell...