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3 de diciembre de 2013

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FILOSOFÍA DEL DERECHO: DESARROLLO Y CONTENIDOS

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Por: Boris Bernal Mansilla

La Filosofía del Derecho como expresión y categoría aparece a finales del Siglo XVIII, subrogando a la categoría de Derecho Natural que entendía el fenómeno jurídico enmarcado en el pensamiento escolástico o racionalista.

El Derecho Natural se presentaba como un orden válido por sí mismo, evidente, e invariable, que constituía la regla última de toda comunidad humana. El Ius naturalismo entendía el Derecho como producto independiente de la obra de los seres humanos y la historia.

Frente a esta concepción, la Filosofía del Derecho consideraba a los ordenamientos jurídicos como creaciones humanas que se desarrollan y cambian en el tiempo y espacio  histórico. El Derecho es siempre un sistema normativo efectivamente válido y vigente en un grupo social determinado. No es un orden lógico y racional, surgido de la naturaleza, sino un conjunto de normas de conducta elaborado artificialmente como respuesta a los conflictos y a las necesidades de una comunidad específica en un momento histórico.

La Filosofía del Derecho es entendida entonces en sus umbrales como una rama de la filosofía que reflexiona sobre la teoría del derecho, la teoría de la justicia, y la teoría de la ciencia jurídica. El Derecho es Derecho positivo, posee una existencia histórica, condicionada, diversa y variable”[1]

De este modo, durante la segunda mitad del siglo XVIII el concepto Derecho Natural va perdiendo su preponderancia y comienzan a aparecer numerosas obras de reflexión teórica sobre las instituciones jurídicas, emergen nuevas terminologías: Emanuel Kant en 1797  emplea la expresión “Teoría del Derecho”; en 1798 Gustav Hugo utiliza “Filosofía del Derecho Positivo”; Jakob Friedrich Fries emplea “Teoría Filosófica del Derecho”, y el término “Filosofía del Derecho” es empleado desde 1800 en adelante por autores como Wilhelm Traugott Krug y  Karl Christian Friedrich Krause.

Georg Wilhelm Friedrich Hegel en 1821  publica en Berlín sus “Principios de la Filosofía del Derecho”, hecho de relevancia significante para este nuevo campo del saber.

En la actualidad, sin embargo, se tiende a contraponer y generar una falsa discusión entre «Filosofía del derecho de los juristas» y la «Filosofía del derecho de los filósofos», es decir Filosofía Jurídica contrapuesta a la Filosofía del Derecho; conceptualizando a la Filosofía del Derecho, como aquella rama de la filosofía y ética que estudia los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho. Al estudio del llamado Derecho Natural, porque es una disciplina que busca respuestas a aquella inclinación humana hacia el ideal del Derecho, que es precisamente la justicia, encontrándola en un Derecho superior a toda ley escrita y a toda norma de relación social, conforme con un orden natural, universal, superior y anterior a las leyes del Estado”[2]Es decir la Filosofía del Derecho es toda aproximación al hecho jurídico, el acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una manera general y constante en las gentes y en los modelos sociales y políticos. Entretanto la Filosofía Jurídica, comprende todas las sabidurías y conocimientos que buscan explicar el fenómeno del Derecho dentro de una visión totalizada del mundo social. “La Filosofía Jurídica reflexiona sobre las cuestiones fundamentales de la explicación jurídica, es decir, examina los problemas jurídicos fundamentales de la dogmática jurídica; realiza el examen de los dogmas y presupuestos que subyacen detrás de los conceptos y métodos de la dogmática jurídica, así como sus implicaciones, lo que permite afirmar que la filosofía del derecho es tanto análisis conceptual como epistemología crítica”[3]

Síntesis: Tanto la Filosofía del Derecho como la Filosofía Jurídica convergen en el ejercicio de su función de conocimiento en el plano del ser, la esencia lógica y el valor del derecho. Responden a cuestiones trascendentales planteadas con carácter de necesidad a la existencia humana y a cuestiones no tocadas por la Ciencia del Derecho.

Tiene por objeto los principios más generales del Ser (ontología); los métodos, sabidurías y estudios del conocimiento (epistemología), esencias lógicas y teorías del conocimiento(Gnoseología); y los valores del derecho (axiología). Dichos principios forman, los pilares fundamentales sobre los que se asientan la Filosofía Jurídica como la Filosofía del derecho.

Las preguntas acerca del ser y del concepto del derecho envuelven una serie de problemas filosóficos relativos a la estructura óntica y la esencia lógica del derecho.

La Filosofía del Derecho como sostiene Del Vecchio, investiga cabalmente aquello que es o debiera ser en el derecho, frente aquello que es, contraponiendo una verdad ideal a una verdad empírica[4].

Conclusión: podemos decir, que el contenido de la Filosofía del Derecho o Filosofía Jurídica en nuestros tiempos es: El estudio del derecho como ordenamiento jurídico comprendida como: “Ontología Jurídica” que estudia el Ser del Derecho (Norma jurídica, sus fuentes, origen, validez, coherencia y relaciones entre normas de diverso campo y nivel); “Axiología Jurídica”, o tratado de los valores jurídicos, cuyo desglose constituye la noción de justicia y dignidad; “Epistemología Jurídica” que es el estudio de las metodologías, sabidurías y conocimientos jurídicos y/o legales y “Gnoseología jurídica” lógicas y teorías jurídicas y/o legales de lo social en un sentido plural.

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NOTAS:

[1] Hegel Federico. “Filosofía del Derecho” Ed. Norte. La Paz -  Bolivia. 1998.
[2]Ezpezua Salmon Boris. “Filosofía del Derecho” Ed. Universidad Nacional del Altiplano. Puno- Perú. 2011. 
[3] Pérez Velasco Antonio. “Nociones Básicas de Filosofía Jurídica” Ed. Plural. La Paz – Bolivia. 2008.
[4]Del Vecchio Giogio. “Filosofía del Derecho” Ed. Boch, Barcelanoa.1960